SALARIO Mínimo en CHILE 2022

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El salario mínimo en Chile es el salario mínimo mensual fijado por el gobierno y ningún trabajador puede percibir un salario inferior en Chile.

El ajuste del salario mínimo en Chile, es fijado por ley por el Congreso Nacional, sobre la base de una propuesta del gobierno central, acordada con representantes de los empleadores y los trabajadores. Chile ha ratificado el Convenio 131 sobre fijación de salarios mínimos de la Organización Internacional del Trabajo. A partir del 21 de julio de 2008 la ley estableció que el sueldo base de un trabajador no podrá ser inferior al ingreso mínimo. Se exceptúan de esta norma aquellos trabajadores exentos de cumplimiento de jornada.

El salario mínimo se define como “la cuantía mínima de remuneración que un empleador está obligado a pagar a sus asalariados por el trabajo que estos hayan efectuado durante un periodo determinado, independientemente del tipo de contrato que tenga.



Salario mínimo en Chile.

El salario mínimo en Chile para 2022 se establece en $337.000 (pesos chilenos) mensuales, siendo este ingreso mínimo la remuneración por una jornada ordinaria de trabajo (que no puede exceder de 45 horas semanales).

Al sueldo mínimo en Chile se llama Ingreso Mínimo Mensual.

El ingreso mínimo mensual de Chile para 2021 fue aprobado por el Congreso en la ley N°21.360 (publicada en el Diario Oficial de fecha 12.07.2021), contando con un carácter retroactivo a tener en cuenta desde el 1 de Mayo de 2021.

Este ingreso mínimo en Chile, calculado en dólares estadounidenses (USD) a 2022 es de 415USD, es el más elevado de Sudamérica y el segundo de Latinoamérica, sólo superado por el salario mínimo de Costa Rica.

Salario mínimo en Chile 2022.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1, 2 y 3 de la ley N° 21.360, los nuevos montos son los siguientes.

Trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años.

  • Es equivalente al 100 % del ingreso mínimo mensual con un monto de $337.000 pesos chilenos.
  • Este salario de $337.000 pesos chilenos equivale a unos 415 dólares americanos.

Trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años.

  • Es equivalente al 75% del ingreso mínimo mensual con un monto de $251.394 pesos chilenos.
  • Este valor ha tendido a ser cercano al 75 % del ingreso mínimo mensual regular desde 2003.
  • Este salario de $251.394 pesos chilenos equivale a unos 310 dólares americanos.

Fines no remuneracionales.

  • Es equivalente al 65 % del ingreso mínimo mensual con un monto de $217.226 pesos chilenos.
  • Este valor ha tendido a ser cercano al 65 % del ingreso mínimo mensual regular desde 2003.
  • Este salario de $217.226 pesos chilenos equivale a unos 268 dólares americanos.
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Fuente: Flickr

¿Cuánto es el ingreso mínimo en Chile 2022?

El ingreso mínimo en Chile para 2022 es de $337.000 pesos chilenos, lo que lo supone un incremento de 10.500 pesos chilenos, respecto al anterior de $326.500 que databa del 1 de Mayo de 2020.

Este ingreso mínimo, en principio, será válido hasta Mayo de 2022.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la misma ley, en el mes de Abril de 2022, el Presidente de la República deberá enviar al Congreso Nacional un proyecto de ley que proponga un nuevo reajuste al monto del ingreso mínimo mensual, así como de las asignaciones familiares, con el objeto de que comience a regir a contar del 1 de Mayo de 2022.

Incremento del salario mínimo en Chile para 2022.

El artículo 7 de la Ley N°21.360 establece, además, a partir del 1 de enero de 2022, un incremento que estará vinculado al Índice Mensual de Actividad Económica (Imacec). Dicho incremento podría variar entre $345.000 y $350.000, dependiendo del crecimiento de dicho indicador determinado por el Banco Central de Chile y correspondiente al mes de noviembre de 2021.

Los valores del ingreso mínimo mensual para fines no remuneracionales y para mayores de 65 años y menores de 18 años serán reajustados en la misma proporción y oportunidad en que lo sea el ingreso mínimo mensual general.

Por último, a más tardar en el mes de abril de 2022, el Presidente de la República deberá enviar al Congreso Nacional un proyecto de ley que proponga un nuevo reajuste al monto del ingreso mínimo mensual, así como de la asignación familiar y maternal, y del subsidio familiar con el objeto de que comience a regir a contar del 1 de mayo de 2022.

Desde el 21 de enero de 2009, ningún trabajador(a) afectado a una jornada ordinaria de trabajo puede tener una remuneración exclusivamente variable. Podrá tener una remuneración fija o una remuneración mixta (sueldo fijo más variable).



Ingreso Mínimo Garantizado

El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) es un beneficio otorgado por el Estado de Chile y reglamentado por la ley 21.218, la cual explica que se trata de:

…un subsidio mensual para la obtención de un ingreso mínimo garantizado de cargo fiscal, no imponible ni tributable e inembargable y que no estará afecto a descuento alguno, para los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo con contrato de trabajo vigente y afectos a una jornada ordinaria de trabajo superior a treinta horas semanales

Además de lo ya comentado, el trabajador que aspire a beneficiarse con el Ingreso Mínimo Garantizado debe:

  • Recibir una remuneración bruta mensual menor a $384.363.
  • Pertenecer a un hogar que esté en los primeros nueve deciles, es decir, que por sus ingresos se considere que tiene una condición socioeconómica vulnerable.

El monto de este subsidio depende de la remuneración que reciba el trabajador y el número de horas semanales por las que haya sido contratado.

Según la ley, el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) como subsidio estará vigente hasta diciembre 31 de 2023.

La semana corrida en Chile

¿Qué es la semana corrida en Chile?

La semana corrida hace referencia al beneficio legal y al pago a los trabajadores, que son remunerados de forma diaria, de un salario extra por domingos, festivos y descanso compensatorio. Asimismo, es aplicable a trabajadores que se rigen por un sistema de remuneración mixto, es decir, que perciben una parte del salario de manera fija y otra variable.

Obviamente, estos trabajadores tendrían que realmente laborar en esas fechas para recibir el salario extra de la semana corrida. Siendo así, tendrían que trabajar los domingos, días festivos y de descanso para equiparar su salario con el de un trabajador que cuenta con sueldo fijo mensual.

¿Quién tiene derecho a recibir la semana corrida?

Encontramos dos grandes grupos de beneficiarios de la semana corrida en Chile:

  • Los trabajadores(as) remunerados por día, es decir, aquellos cuya remuneración es variable y se devenga día a día en función de su trabajo diario; es decir su salario está de acuerdo a las horas o días trabajados, metas establecidas, etc.
  • Los trabajadores(as) con remuneración mixta, esto es, que tengan un sueldo base mensual, que debe ser igual o superior al mínimo establecido por ley, y que, además, perciban remuneraciones por concepto de metas, comisiones, ventas, etc.

De acuerdo a lo anterior, estos dos macro grupos tienen derecho al beneficio de la semana corrida o, como también se conoce, pago del séptimo día.

¿Qué trabajadores no tienen derecho a la semana corrida?

No tienen derecho a recibir remuneración por los días domingo y festivos, aquellos trabajadores que:

  • Perciben una remuneración exclusivamente por concepto de sueldo fijo mensual.
  • Aun teniendo remuneración mixta, la parte variable sea asignada mediante el llamado sistema de pozo, es decir, un porcentaje de la venta total mensual que se reparte entre los trabajadores.
  • Sus jornadas de trabajo de distribuyen en menos de cinco días.

¿Cómo se calcula el pago de la semana corrida en el caso de los trabajadores con renta variable?

El pago se calculará sólo en relación a la parte variable de las remuneraciones del trabajador. Se divide la suma total de las remuneraciones variables diarias percibidas por el número de días en que legalmente el trabajador debió laborar en la respectiva semana.

Igual derecho tendrá el trabajador remunerado por sueldo mensual y remuneraciones variables, tales como comisiones o trato, pero en este caso, el promedio se calculará solo en relación a la parte variable de sus remuneraciones.

Por otra parte, no se considerarán para el cálculo de la semana corrida, las remuneraciones que tengan carácter accesorio o extraordinario, tales como gratificaciones, aguinaldos, bonificaciones u otras.